“Es preocupante»: En México, 90 mil presos llevan más de cinco años esperando un juicio, alerta la ONU

Guadalupe Ponce

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas (ONU) informó que en México existen alrededor de 90,000 presos sin sentencia, es decir, “en proceso”, y casi el 50% de ellas bajo detención preventiva oficiosa, una medida que viola el derecho a la libertad personal

De acuerdo con el informe del Grupo de Trabajo sobre la «Detención Arbitraria«, realizado tras su visita a México del 18 al 29 de septiembre de 2023, la prisión preventiva oficiosa es la que ha provocado que algunas personas pasen más de cinco años sin un juicio. “Es preocupante que la detención preventiva excesivamente prolongada es común entre todas las personas detenidas”, resaltó el grupo de trabajo al indicar que esta figura contribuyó al crecimiento de la población que en julio de 2023 superaba los 230,000 reclusos.

En este contexto, destacó que la detención arbitraria persiste como un problema generalizado en el país, advirtiendo sobre la falta de control y regulación, que han facilitado que tanto el arraigo como la prisión preventiva oficiosa continúen violando los derechos humanos.

«El Grupo de Trabajo es consciente de que la detención preventiva oficiosa ha sido identificada como una violación del derecho a la libertad personal y puede potencialmente socavar otros derechos, como la presunción de inocencia, la integridad personal, la independencia judicial y la igualdad ante la ley. La prisión preventiva oficiosa ha sido considerada una violación de los derechos humanos en varias opiniones del Grupo de Trabajo, incluido en el contexto mexicano”, denunció el organismo.

El documento también subraya que la detención arbitraria afecta de manera desproporcionada a los miembros de pueblos indígenas y manifiesta su preocupación por la detención de facto de niños migrantes. Y es que, tan solo en 2022, más de 126,000 niñas y niños fueron detenidos en el contexto de la migración y posteriormente trasladados a centros administrados por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

Militarización de la seguridad pública

Por otro lado, el informe señala que el uso de fuerzas militares para realizar actividades de policía pública a nivel federal, estatal y municipal es frecuente, y actualmente más de 100,000 soldados participan en tareas policiales, de seguridad pública y control migratorio, presencia militar que ha estado estrechamente vinculada con el aumento de la violencia contra personas detenidas, así como con desapariciones homicidios.

El documento afirma que «las personas detenidas por personal militar con frecuencia son sometidas a actos graves de violencia y tortura». Estas agresiones, que incluyen torturas y palizas, se aplican principalmente para forzar confesiones u obtener información sobre otros presuntos sospechosos.

“A menudo se infligen palizas y torturas para obtener confesiones. Las personas detenidas a veces se ven obligadas a dar información sobre otros presuntos sospechosos o posibles pruebas, y los malos tratos también se utilizan como forma de humillación y castigo”, explicó el Grupo.

Además, se destaca que la creación de la Guardia Nacional en 2019 refleja el uso intensivo de elementos militares en funciones policiales, ya que de los 128,000 miembros de la Guardia Nacional, aproximadamente el 48% proviene del Ejército y la Marina.

Asimismo, el Grupo observó reportes constantes de violencia en los arrestos y detenciones arbitrarias por parte del personal militar, y aunque se informó que estas detenciones disminuyeron, 60 de las 240 denuncias presentadas entre 2018 y 2023 siguen sin resolverse.

Foto: Cuartoscuro

Un sistema punitivo

El informe también resalta la discrepancia entre las normativas y su implementación, indicando que, a pesar de las reformas, persisten prácticas que vulneran el derecho a un juicio justo. Un claro ejemplo es la ampliación del concepto de flagrancia y la flagrancia por señalamiento, que facilita detenciones arbitrarias sin suficientes garantías legales.

Además, se señala que, según la Encuesta Nacional de Personas Privadas de la Libertad 2021, el 23% de los arrestos en México se realizaron sin orden judicial, y más del 40% de los encuestados afirmaron haber sido falsamente acusados de delitos.

«El Grupo de Trabajo recuerda que, cuando no se obtiene una orden de detención por adelantado, el alcance del control judicial sobre la detención se limita a una medida ex post facto, momento en el cual una violación de derechos ya podría haber ocurrido. Hay circunstancias, como el delito en flagrancia o ser ‘atrapado en el acto’, en las que no hay oportunidad de obtener una orden ex ante. Sin embargo, estas deben interpretarse de manera restrictiva para evitar socavar el control judicial de la detención».

Instan a cambiar enfoque sobre prisión preventiva oficiosa

En su informe, la agrupación expresó su preocupación por la figura de la prisión preventiva oficiosa, señalando que puede socavar otros derechos fundamentales, como la presunción de inocencia, la integridad personal, la independencia judicial y la igualdad ante la ley.

Además, destacó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos calificó esta práctica como una violación de las obligaciones de México, instando a las autoridades del país a ajustar sus leyes para cumplir con los estándares internacionales. Esta última instancia hizo un llamado a México para que la prisión preventiva oficiosa se aplique únicamente tras una evaluación individualizada de cada caso.

“El Grupo de Trabajo insta a México a armonizar su enfoque sobre la detención preventiva oficiosa de la Constitución y estableciendo que ésta solo pueda aplicarse en función de una evaluación individualizada en la que se demuestre el riesgo de fuga, la interferencia con las pruebas o la repetición del delito”.

Foto: Cuartoscuro

Señalan avances pero reconocen deficiencias en el sistema de justicia penal

Asimismo, el Grupo de Trabajo reconoció algunos avances positivos en México, como la transición desde 2008 hacia un modelo acusatorio de justicia penal, la ampliación del amparo a derechos humanos internacionales, la Ley Nacional de Ejecución Penal de 2016 y la creación de un Registro Nacional de Detenciones.

A pesar de esto, señaló que persisten deficiencias en el sistema de justicia penal, como la figura de arraigo, la detención preventiva oficiosa y la militarización de la seguridad, que han contribuido al aumento de violaciones a los derechos humanos. También mencionó el uso excesivo de la fuerza en detenciones, la falta de acceso a abogados calificados y ataques a la independencia judicial.

En relación al Registro Nacional de Detenciones, la agrupación celebró su establecimiento tras la reforma constitucional de 2019, pero advirtió que no abarca todas las detenciones, dejando una brecha informativa al no incluir las detenciones administrativas de migrantes personas con discapacidad psicosocial.

“No se incluyen las detenciones administrativas de migrantes y personas con discapacidad psicosocial, lo que crea una brecha de información que reduce la capacidad de las autoridades para prevenir y remediar la detención arbitraria de migrantes y otras personas en situación de vulnerabilidad”.

Foto: Cuartoscuro

Recomendaciones para México

Por lo anterior, el Grupo de Trabajo realizó algunas recomendaciones a México para abordar la privación arbitraria de la libertad

  1. Incluir todas las detenciones en el Registro Nacional de Detenciones, tanto de civiles como militares.
  2. Investigar eficazmente los casos de detención arbitraria y ofrecer reparaciones a las víctimas, incluido el pago de indemnizaciones.
  3. Promover campañas de divulgación pública sobre derechos humanos para aumentar la conciencia pública sobre los derechos humanos, incluida la prohibición de la detención arbitraria

Medidas en el sistema de justicia penal:

  1. Derogar la detención preventiva oficiosa y ajustarla a los estándares internacionales de los derechos humanos.
  2. Eliminar el arraigo constitucional de la Constitución y poner fin a su uso como base para la detención.
  3. Desmilitarizar gradualmente las funciones de seguridad pública.
  4. Prevenir, investigar y eliminar el uso excesivo de la fuerza durante detenciones.
  5. Garantizar que los detenidos comparezcan ante un juez dentro de 48 horas.
  6. Fortalecer la defensa pública y garantizar recursos suficientes a los poderes judiciales.
  7. Asegurar la independencia judicial y hacer del juicio de amparo un recurso efectivo.
  8. Abordar el hacinamiento en prisiones y garantizar una adecuada defensa de los detenidos.
  9. Consultar protocolos específicos para personas LGBTI+ privadas de libertad y combatir la corrupción en prisiones.
  10. Considerar alternativas a la detención en casos de narcomenudeo y uso de drogas.

Recomendaciones para la detención de pueblos indígenas:

  1. Proveer intérpretes, traductores y defensores con conocimiento de lengua y cultura.
  2. Garantizar que líderes indígenas puedan realizar su labor sin temor a sanciones penales.

Medidas sobre detención en el contexto de la migración:

  1. Garantizar que la detención migratoria sea excepcional y breve.
  2. Limitar la detención migratoria a un máximo de 36 horas.
  3. Mejorar las condiciones de detención de migrantes y evitar la detención de niños.
  4. Combatir extorsiones y sobornos por parte de funcionarios mexicanos.

Medidas respecto a personas con discapacidad psicosocial:

  1. Modificar la legislación penal para respetar el debido proceso de personas con discapacidad.
  2. Prevenir internamientos involuntarios y asegurar que los servicios de salud se brinden con consentimiento informado.

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